POLÍTICA DE PREVENCION DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS, ALCOHOL, Y TABACO

Colviseg Ltda, consciente que el consumo sustancias psicoactivas, alcohol y el  tabaco   puede alterar el estado de ánimo y el nivel de concentración, representando un impacto negativo en la Salud y Seguridad en el lugar de trabajo de los colaboradores, contratistas y/o terceros, ya que genera riesgos y enfermedades, tanto para los trabajadores afectados como para sus compañeros y/o partes interesadas, define la siguiente política la cual será un requisito de obligatorio cumplimiento, para todos los colaboradores, visitantes y contratistas de la compañía:

Se prohíbe el consumo de alcohol, sustancias psicoactivas y tabaco por parte de los colaboradores, contratistas y visitantes durante el horario laboral, sean estos dentro o fuera de las instalaciones de la empresa o del cliente o en los  vehículos de la operación.

No se admite el ingreso de colaboradores, contratistas y/o visitantes en estado de alicoramiento, ni bajo efectos de sustancias psicoactivas a las instalaciones de la empresa y/o a prestar el servicio.

Ninguna persona, sin importar su cargo u ocupación, colaborador o visitante podrá estar bajo los efectos del consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas que alteren el estado de conciencia, el estado de ánimo, la percepción y la capacidad de reacción de la misma, durante las horas de trabajo, sean estas dentro de las instalaciones de la empresa o las del cliente.

No se permitirá la posesión, consumo y/o comercialización de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas, tanto en las instalaciones de la empresa, el cliente, como en actividades de trabajo fuera de la oficina.

Es obligación de cada colaborador informar a su jefe inmediato, si por razones médicas, debe hacer uso de algún tipo de medicamento que pudiera afectar la ejecución segura de sus funciones.

Colviseg Ltda se reserva el derecho de realizar pruebas de alcohol y/o drogas o de convocar a terceros para que las hagan, durante la jornada laboral.

Es de carácter obligatorio participar activamente en los programas de sensibilización y capacitación que promuevan el cumplimiento de la presente Política.

El incumplimiento de esta política, así como la oposición a las inspecciones o tomas de muestras para verificar su acatamiento, se considera falta grave y en consecuencia la empresa puede adoptar medidas disciplinarias, inclusive dar por finalizado el contrato de trabajo por justa causa.

Política de prevención del consumo
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